Tras reformas aprobadas por unanimidad por los legisladores mexiquenses, diputados federales y locales, senadores, jueces, servidores públicos estatales o municipales que quieran contender en las próximas elecciones, incluyendo quienes busquen reelección, deberán separarse del cargo por lo menos 24 horas antes del inicio de las campañas y no 90 días previos a la elección, como señalaba la ley.

En este sentido el diputado Valentín González Bautista afirmó que la iniciativa reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y del Código Electoral del Estado de México, en materia de elección consecutiva de diputados y ayuntamientos.

Es así que recordó que con la elección consecutiva se busca profesionalizar el ejercicio de las tareas del legislador, además de fortalecer la comunicación con sus electores y generar un esquema de rendición de cuentas en relación con su encomienda, así como perfeccionar el trabajo legislativo en favor de la población.

Contienda equitativa
“La regulación de la temporalidad para participar en la reelección consecutiva tanto de legisladores como de ayuntamientos es un tema complejo y polémico que ha generado diversas interpretaciones, sobre todo, porque, el trabajo que se desarrolle y su continuidad servirán de base para la valoración correspondiente de la ciudadanía y, en consecuencia, para la propia reelección, y por otra, con las restricciones correspondientes para una contienda electoral equitativa y para un adecuado manejo de recursos públicos”.

A pesar de que el coordinador del PRD, Omar Ortega planteó dos reservas en materia de periodos de precampañas, éstas fueron desechadas por mayoría de votos.

Aplica a todos los funcionarios públicos
La reforma de los artículos 40 y 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, precisa que las y los Diputados Federales o Senadores, Jueces, Magistrados, Integrantes del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, Servidores Públicos Estatales o Municipales, Militares o Jefes de Seguridad Pública del Estado o Municipios en ejercicio de mando y que pretendan postularse deberán separarse del cargo por lo menos, 24 horas antes del inicio de las campañas, conforme el calendario electoral vigente.

Asimismo, las y los Presidentes Municipales, Regidores y Síndicos, diputadas y diputados que tengan interés en reelegirse deberán separarse del cargo por lo menos, en este mismo plazo.

El periodo establecido aplica también para las y los ciudadanos que se hayan separado de un cargo público para contender en un proceso electoral, podrán reincorporase al mismo, una vez que concluya la jornada electoral.