De acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, el director del Centro Médico Adolfo López Mateos, José Rogel Romero, cometió una falta administrativa grave, según lo estipulado en el capítulo segundo, artículo 52.

Que indica que se consideran faltas administrativas graves de los servidores públicos, llevar a cabo actos de abuso de de autoridad.

Lo que conlleva sanciones como la suspensión del empleo, cargo o comisión, sin goce de sueldo por un periodo no menor de treinta ni mayor a noventa días naturales. Destitución del empleo, una sanción económica.

Según el escrito el doctor Rogel, conocido como Lord Vacunas, por presuntamente vacunar a su esposa e hija contra COVID-19, incurrió en una falta administrativa grave al quebrantar el artículo 58 que indica que:

“Incurrirá en abuso de funciones el servidor público que ejerza atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para su cónyuge, parientes consanguíneos, parientes civiles o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público”

Al respecto, el secretario de Salud del estado de México, Gabriel O’Shea Cuevas, indicó que será la Contraloría quien determine el futuro del doctor Rogel.