El diputado Miguel Sámano Peralta, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI en la 60 Legislatura, planteó ajustar la redacción del artículo 61 de la Constitución Política estatal, a fin de precisar que la Legislatura deberá emitir por lo menos 80 días antes del día de la votación, la convocatoria para elecciones ordinarias de diputadas, diputados y miembros de los ayuntamientos.

En tribuna, el legislador destacó que busca contribuir al perfeccionamiento del orden constitucional, además de precisar la voluntad legislativa y evitar malas interpretaciones, pues actualmente la Constitución local prevé que la convocatoria a elecciones ordinarias o extraordinarias de Gobernador o Gobernadora, deberá expedirse por lo menos 100 días antes de la fecha de elección, mientras que para la elección de diputados y miembros de los ayuntamientos, dispone 80 días antes, razón por la que se debe especificar que debe ser por lo menos 80 días antes.

Por lo anterior, dijo “se podría interpretar que para los diputados y ayuntamientos, la convocatoria tendría que expedirse exactamente 80 días antes de la jornada electoral”.

Sámano Peralta, manifestó que con dicha reforma se permite que en ambos casos, las convocatorias se expidan por lo menos, 100 y 80 días previos al día de la votación, respectivamente.

Agregó que dicha consideración se refuerza en el Código Electoral vigente, el cual detalla que la convocatoria para los cargos de elección popular a nivel local, deberá aprobarse, a más tardar, el 18 de diciembre del año previo a la elección.

La propuesta se remitió a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Electoral y de Desarrollo Democrático para su estudio y dictamen.