La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los juzgados y tribunales federales de todo el país abstenerse de resolver amparos que cuestionen la figura de la prisión preventiva oficiosa, mientras se establece un criterio definitivo sobre el tema.
En sesión privada, por cinco votos contra cuatro, el Pleno de la Corte aprobó un Acuerdo General planteado por la ministra presidenta Norma Piña, a petición de varios magistrados de tribunales colegiados donde se están presentando resoluciones contradictorias.
La Corte con frecuencia emite este tipo de acuerdos, usualmente por unanimidad, para evitar que juzgados y tribunales sigan incurriendo en fallos opuestos, mientras está pendiente que los ministros y ministras aclaren el criterio que debe prevalecer.
Pero la suspensión del dictado de sentencias de estos amparos es inusual, pues involucran la libertad personal de acusados por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, y esta materia generalmente se considera de resolución prioritaria.
El Gobierno federal ha advertido repetidamente a la Corte sobre una probable sentencia en la que ordenaría inaplicar la prisión preventiva oficiosa, como ordenó en 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La Corte tiene agendados para finales de agosto tres expedientes sobre el tema, incluido uno que determina la forma de aterrizar la sentencia de la CIDH entre los jueces mexicanos, y otro que anula parcialmente una reforma de 2021, que expandió el catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, adicionales a los que menciona el artículo 19 de la Constitución.
Estos asuntos se han aplazado varias veces, pero Piña y sus colegas Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, que deciden el orden de la lista del Pleno, pueden adelantar su discusión.
Si bien el Gobierno ha sostenido que miles de reos peligrosos serían liberados si se inaplica la prisión preventiva oficiosa, lo que pasaría en realidad es que los jueces que llevan los casos tendrían que valorar, uno por uno, si se justifica o no mantener al acusado en la cárcel mientras es sentenciado.
Mientras tanto, ya existen jurisprudencias que estaban limitando la prisión preventiva oficiosa, entre ellas la dictada en abril pasado por el Pleno en Materia Penal de la Región Centro Norte, aplicable en 17 estados, que prácticamente ordena no encarcelar a cualquier persona que enfrente orden de aprehensión por delitos graves.