Ciudad de México.- El Tribunal Electoral regresó a Alberto Esquer y Eliseo Fernández sus candidaturas al Senado, por Movimiento Ciudadano, a Jalisco y Campeche, respectivamente.
La Sala Superior consideró que el partido político sí cumplió con el principio de paridad porque de las 32 primeras fórmulas de candidaturas a la Cámara alta registró 16 mujeres y 16 hombres.
Esto sin que en los bloques de género se advierta un sesgo evidente que beneficio a alguno de los géneros, además de que se argumenta que el partido privilegió a mujeres en segundas fórmulas y suplencias.
El 21 de marzo, el Consejo General del INE determinó cancelar ambas candidaturas con el argumento de que se le advirtió al partido que en entidades donde tienen competitividad, en sus primeras fórmulas no cumplían el 50 por ciento de lugares para mujeres.
Debido a que los emecistas no realizaron cambios, el organismo realizó un sorteo.
A propuesta de Fuentes, y avalada por los magistrados, se considera que ese sorteo es inconstitucional.
Los jueces electorales también coincidieron en que el organismo electoral no garantizó al partido su derecho de audiencia y no le consultó sobre las posiciones que entrarían al sorteo al no garantizar la paridad de género.
Además debió atender las propuestas que le hizo el instituto político de canjear dichos estados por Durango y Baja California Sur.
“Lo jurídicamente correcto hubiera sido que la autoridad responsable considerara la propuesta del instituto político, en aras de privilegiar la autodeterminación de Movimiento Ciudadano y tomando en cuenta que omitió hacer de su conocimiento las reglas a seguir para la cancelación de los registros.
“En efecto, si bien el Consejo General del Instituto Nacional Electoral está obligado a velar por el cumplimiento al principio de paridad en la postulación de candidaturas al Senado de la República, lo cierto es que, dadas las circunstancias particulares del caso, y previo a la emisión del acuerdo controvertido, debía armonizar dicho principio con los correspondientes a la autoorganización y autodeterminación del partido político ahora recurrente”, indica la sentencia.
El INE tiene 72 horas para colocar titular de la primera fórmula, por Campeche, a Eliseo Fernández, y como suplente a Francisco Barreda.
Mientras que en Jalisco, deberá reponer la candidatura como primera fórmula a Alberto Esquer, y como suplente Luis Fernando Ortega.
Las segundas fórmulas que el INE había determinado que pasaban como primera, regresan a su posición.
En la sesión, también se ordenó al INE reponer la candidatura a Aniceto Polanco Morales como candidato migrante a la Cámara de Diputados en la posición ocho de la tercera circunscripción.
Magistrados consideraron que debió aplicarse una acción afirmativa flexible, pues se le otorgó una candidatura por ser migrante, independientemente de dónde nació.
El argumento del Instituto para no entregarle la candidatura fue que se registró en la tercera circunscripción cuando no tiene residencia en Oaxaca, pues nació en Guerrero.
La magistrada Janine Otálora cuestionó por qué Morena no lo registró en la entidad guerrerense.