Ciudad de México.– Una juez federal prohibió al presidente Andrés Manuel López Obrador denostar en sus conferencias matutinas al juez de control Crescencio Contreras Martínez, contra quien se inició un juicio político por denuncia de la Secretaría de Gobernación. 

Elizabeth Trejo Galán, juez novena de Distrito en Materia Administrativa, concedió a su homólogo una suspensión provisional con ese alcance y en ella también establece que, en caso de que el primer mandatario emita críticas en su contra, deberá exhibir pruebas de sus dichos y otorgarle el derecho de réplica.

“Se concede la suspensión provisional para el efecto de que las autoridades responsables, por lo que hace a Crescencio Contreras Martínez: se abstengan de emitir cualquier pronunciamiento, manifestación o declaración pública que ponga en conocimiento del dominio público información que corresponda al quejoso, así como que se abstengan de poner en conocimiento del dominio público información íntima y privada o se abstengan de decir expresiones denostativas o cualquier otro adjetivo calificativo dentro de las conferencias de prensa denominadas ‘mañaneras'”, dice la resolución.

“En la inteligencia, que de hacerlo deberán mencionar y exhibir las pruebas que sustenten su dicho, así como otorgar el derecho de réplica al quejoso dentro de las 24 horas siguientes a las manifestaciones e imputaciones que se hagan”.

La resolución fue dictada en un amparo promovido por Contreras, el cual la juez desechó por lo que toca a la denuncia de juicio político -al ser inatacables las resoluciones del Congreso en dicho procedimiento-, pero admitió contra la exhibición pública del quejoso por parte del presidente y la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde.

Contreras es el primer integrante del Poder Judicial contra el que se inicia juicio político y el primero que tramita una demanda de amparo contra el jefe del Ejecutivo para no ser expuesto en su conferencia matutina.

En su demanda de garantías, presentada por Miguel Olmedo Robles León y otros abogados, el juez Contreras también pidió que las autoridades demandadas se abstengan de invadir las esferas de competencia del Poder Judicial de la Federación.

La juez Trejo agrega que si bien el juez de control es una persona pública y, como tal, debe resistir un mayor nivel de injerencias en su privacidad, el Estado no puede “castigarlo” por emitir una resolución judicial.

“Además, no es legal ni correcto hacer imputaciones que afecten la honorabilidad, dignidad y privacidad de una persona si no se ofrecen y mencionan las pruebas que la sustenten”, dice el fallo de la suspensión.

“Así, este órgano jurisdiccional, una vez analizadas las opiniones y comentarios, en la comúnmente denominada “mañanera” de 31 de enero del año en curso, se concluye que con las menciones que se reclaman, causan un estado de vulneración al derecho a la intimidad del quejoso por las manifestaciones de descalificación respecto de su labor jurisdiccional, todo ello aparentemente sin ningún fin legítimo y hasta este momento sin acreditar su legal obtención y sin demostrar su certeza”.

La denuncia de juicio político contra Contreras fue presentada el 30 de enero, a raíz de que, como juez de control del Centro de Justicia Penal de Matamoros, Tamaulipas, ordenó la libertad por falta de elementos de José Alberto García Vilano “La Kena”, presunto líder de “Los Ciclones”, brazo armado del Cártel del Golfo.

El supuesto narcotraficante, sin embargo, está en la cárcel por otro proceso.

El juicio político solo puede llevar a la eventual destitución e inhabilitación del funcionario, aunque en México nunca se ha concretado uno a nivel federal.