El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó la incorporación de la Unidad Técnica de Fiscalización a la Dirección de Partidos Políticos, derivado de una revisión integral de su estructura orgánica, con la finalidad de hacer los ajustes pertinentes y crear áreas de oportunidad que las hagan más funcionales.

También fue avalada la creación de la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género, que es resultado de la reforma federal aprobada el 13 de abril del 2020 y conforme al proceso de armonización legislativa en el ámbito estatal, del 24 de septiembre del mismo año, con el propósito de fortalecer la participación política de las mujeres, avanzar en la construcción de la igualdad sustantiva y erradicar la violencia

política contra las mujeres en razón de género.

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Esta unidad absorberá las funciones que actualmente tiene la Unidad Género y Erradicación de la Violencia —creada en 2016—. Además, contará con dos áreas especializadas: la Unidad de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia, así como con la Unidad Técnica para Atender la Violencia Política contra las Mujeres.

Entre sus funciones a desempeñar se destacan implementar e institucionalizar la perspectiva de género y fungir como órgano de consulta y asesoría del IEEM; dar apoyo, asistencia y asesoría a las precandidatas, candidatas, aspirantes, militantes de los partidos políticos, servidoras públicas, periodistas, defensoras de derechos humanos o similares que manifiesten ser objeto de violencia política en razón de género; entre otras.

Por último, atendiendo lo solicitado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los diversos recursos de reconsideración, el Consejo General del IEEM, aprobó los Lineamientos para garantizar la postulación e integración paritaria e incluyente de los órganos de elección popular en el estado de México.

Dichos lineamientos se encuentran estructurados por tres capítulos, como son: las disposiciones generales, la postulación de candidaturas a cargos de elección popular, y, la paridad de género: medidas de ajuste para la conformación paritaria de los órganos de elección popular; así como disposiciones generales de las diputaciones y de los ayuntamientos.